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Uno de cada cuatro contratos temporales dura menos de 7 días

27 junio, 2017

Durante la fase de recuperación ha aumentado el número de contratos celebrados en más de un millón, aunque este aumento no ha sido homogéneo, sino que se ha producido en mayor medida en los contratos de muy corta duración. Los contratos de siete días han pasado a representar casi uno de cada cuatro contratos […]

UNO DE CADA CUATRO CONTRATOS TEMPORALES

ES DE MUY CORTA DURACIÓN

– Sería deseable aumentar la presencia de las ETT en la gestión de estos contratos, para ajustar su utilización a las necesidades reales de la economía y para mejorar la estabilidad en el empleo de los trabajadores que cubren estos puestos –

  • La duración media de los contratos se ha reducido de manera constante en los últimos diez años (82 días 1T07, 54 días 1T17)

  • Los contratos de menos de 7 días suponen casi el 25% del total de los contratos temporales

  • El tejido productivo está demandando un mayor número de contratos de este tipo, sobre todo en los sectores de hostelería, industria manufacturera y actividades administrativas

  • Los contratos de menos de 7 días han aumentado en mayor medida entre los hombres

  • Los jóvenes eran quienes ocupaban estos puestos temporales antes de la crisis. En la actualidad, su uso se ha generalizado para todos los colectivos

  • El mayor aumento en los contratos de muy corta duración se ha producido entre los trabajadores de baja formación (han pasado de representar el 13% en el 1T07 al 25% en 2017)

  • Badajoz, Córdoba y Jaén, son las provincias con mayor porcentaje de contratos de corta duración y menor tasa de penetración de las ETT

   

Evolución de los contratos de menos de 7 días

Durante la fase de recuperación ha aumentado el número de contratos celebrados en más de un millón, aunque este aumento no ha sido homogéneo, sino que se ha producido en mayor medida en los contratos de muy corta duración. Los contratos de siete días han pasado a representar casi uno de cada cuatro contratos celebrados, al pasar del 13% en el 1T17 al 25% en el 1T17.

Con esta evolución en la contratación, la duración media de los contratos celebrados se ha reducido en casi un mes en los últimos diez años. En 2007, los contratos duraban 82 días de media. En la actualidad, la duración media ha disminuido hasta los 54 días.

  • ¿A qué responde este aumento?

En busca de una respuesta a esta pregunta, hemos vislumbrado que es motivo de una mayor demanda del tejido productivo que se concentra, en especial, en sectores muy concretos. Por otro lado hemos considerado la relación con la presencia de las Empresas de Trabajo Temporal en cada zona y los datos han probado que no hay relación directa, es más, su presencia en la intermediación de este tipo de contratos temporales es sorprendentemente baja y, al contrario de lo que ha ocurrido con los contratos de menos de siete días, su presencia en este segmento ha disminuido desde 2007.

¿En qué colectivos y sectores se concentra este tipo de empleo?

Los contratos de muy corta duración se concentran en determinados colectivos:

  • Por género: antes de la crisis recaían sobre mujeres mayoritariamente (57% frente a 43% de hombres en 2007). Durante la fase de recuperación, la proporción se ha invertido y los contratos de menos de siete días han empezado a representar un peso mayor entre los hombres (un 53% de estos contratos se celebran con hombres en el 1T17).
  • Por edad: antes de la crisis, los jóvenes representaban el 33% de este tipo de contratos. La fase de recuperación redujo este porcentaje mientras ampliaba la proporción de adultos de entre 25 y 34 años con un contrato de duración inferior a una semana. En la actualidad, con la recuperación económica y del empleo, se ha generalizado su uso en casi todos los grupos de edad y son los adultos quienes firman este tipo de contratos de forma mayoritaria.
  • Por nivel de formación: el mayor aumento en los contratos de muy corta duración se ha producido entre los trabajadores de baja formación (han pasado de representar el 13% en el 1T07 al 25% diez años después). Por el contrario, la presencia de trabajadores con una cualificación media y este tipo de contrato, se ha reducido en 11 puntos en los últimos diez años. El número de trabajadores altamente cualificados, con un contrato de corta duración, se ha reducido un 1%.

Si nos fijamos en la representación que tienen y en la evolución que han experimentado los contratos de menos de siete días en los distintos sectores de actividad, observamos que la distribución vuelve a ser dispar.

Los sectores de la hostelería, la industria manufacturera y las actividades administrativas, son los que concentran el mayor porcentaje de contratos de duración inferior a siete días. Destaca el sector hostelero, en el que se celebran el 30% de estos contratos. Le siguen los sectores de la industria manufacturera y las actividades administrativas y de servicios auxiliares, que acumulan un 12% de los contratos cada uno. Como muestran los datos, la mayor concentración de contratos de muy corta duración, se da en sectores que, tradicionalmente, tienden a demandar con mayor intensidad trabajadores temporales, dada la naturaleza de su actividad.

¿Cómo influiría un aumento de la presencia de las ETT en este segmento?

La presencia de las ETT en el segmento de temporalidad de corta duración se mantiene demasiado baja (tasa de penetración del 26% para la media española) respecto a lo que sería deseable, en especial, para las provincias con las tasas más altas de temporalidad de corta duración.

Una mayor presencia de las mismas permitiría gestionar este tipo de contratos de manera más eficiente y contribuiría, incluso, a ajustar la tasa de temporalidad.

Si consideramos además, que estos contratos están más extendidos entre los trabajadores con un nivel bajo de formación, estos se podrían ver beneficiados de un aumento de la presencia de las ETT en este segmento de los contratos en el sentido en que, más allá de su intermediación, dedican una importante parte de su actividad a procesos de formación orientados a mejorar la cualificación profesional de los trabajadores y ajustarla a las cualificaciones y habilidades más demandadas por el tejido empresarial. Es decir, mejorarían su empleabilidad. De esta manera, contribuirían al buen desempeño de la intermediación laboral, además de que ofrecerían la posibilidad de transitar hacia una relación laboral más estable.

 

La valoración de ASEMPLEO:

“Defendiendo todas las afirmaciones anteriores sobre los efectos que tendría una mayor presencia de las Empresas de Trabajo Temporal en la intermediación de los contratos de menos de siete días, desde ASEMPLEO queremos insistir en que el Ejecutivo ponga en marcha todas las medidas necesarias para evitar el fraude en estos empleos vulnerables pero a la vez, necesarios en la economía española; y que no se penalice a los agentes que garantizan la legalidad en la gestión y en las condiciones laborales de estos empleos, con tasas impositivas que no hacen sino conducir al empleo sumergido. La temporalidad, cuando está bien gestionada, es una herramienta muy útil para la economía, con beneficios para la capacidad y competitividad de nuestras empresas, y con garantías de calidad para los trabajadores.”

Andreu Cruañas

Presidente de Asempleo

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