Todo trabajador en sector de la Logística tiene derecho a:

Conocer de primera mano todos los riesgos laborales, y las soluciones en materia de protección que la propia empresa llevará a cabo

Protección en materia de seguridad y salud, protección a las mujeres embarazadas, igualdad de trato y no discriminación.

Vigilancia periódica de la salud.

Paralización de la actividad en caso de riesgo grave inminente.
DEBERES
En las relaciones de trabajo a través de empresas de trabajo temporal, la empresa usuaria será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores (Art. 28 ,LPRL).
Con carácter previo a la celebración del contrato de puesta a disposición, la empresa usuaria deberá informar a la empresa de trabajo temporal sobre:
- Las características del puesto a desarrollar
- Sobre sus riesgos profesionales y sobre las aptitudes, capacidades y cualificaciones profesionales requeridas, desde el punto de vista de la protección de la salud y seguridad del trabajador/a