La ley 31/95 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales en su Artículo 14 dice:
" Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.
Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio.
Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo."
Todo trabajador de Hostelería tiene derecho a:
- Recibir información y formación en materia preventiva.
- Contar con una protección eficaz en cuanto a seguridad y salud en el trabajo.
- Vigilancia periódica de la salud.
- Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente.
Funciones y responsabilidades de los trabajadores:
El incumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador puede ser sancionado por la empresa
Responsabilidad de empresa usuaria y de la ETT
En las relaciones de trabajo a través de empresas de trabajo temporal, la empresa usuaria, será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores (Art. 28, LPRL).
Con carácter previo a la celebración del contrato de puesta a disposición, la empresa usuaria deberá informar a la empresa de trabajo temporal sobre:
- Las características del puesto a desarrollar.
- Riesgos profesionales y aptitudes, capacidades y cualifacaciones profesionales requeridas, desde el punto de vista de la protección de la salud y seguridad del que trabaja.