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Denuncia contra las plataformas de facturación

21 julio, 2017

ASEMPLEO denuncia que la proliferación de empresas que, operando bajo la fórmula de cooperativa de trabajo asociado, realizan tareas que posibilitan la competencia desleal con las empresas normalmente constituidas y contribuyen a precarizar el empleo sin aportar los mínimos elementos de garantía, seguridad y previsión […]

ASEMPLEO DENUNCIA LA PRECARIZACIÓN DEL EMPLEO Y LA COMPETENCIA DESLEAL QUE SUPONE LA ACTIVIDAD DE LAS “PLATAFORMAS DE FACTURACIÓN”

Precarizan el empleo sin aportar los mínimos elementos de garantía, seguridad y previsión social

ASEMPLEO, patronal de las Agencias de Empleo y Empresas de Trabajo Temporal denuncia que la proliferación de empresas que, operando bajo la fórmula de cooperativa de trabajo asociado, realizan tareas que posibilitan la competencia desleal con las empresas normalmente constituidas y contribuyen a precarizar el empleo sin aportar los mínimos elementos de garantía, seguridad y previsión.

Las cooperativas de trabajo asociado tienen la función, definida por la Ley, de proporcionar a sus socios, mediante una relación societaria,  puestos de trabajo, mediante su esfuerzo personal y directo, a tiempo parcial o completo, a través de la organización en común de la producción de bienes o servicios para terceros.

La aparición de las llamadas “plataformas de facturación”, que bajo la forma legal de cooperativas, ofrecen la aparente posibilidad de reducir significativamente los impuestos y las cotizaciones sociales,  podría estar dando lugar a situaciones irregulares y equívocas que derivarán en serias consecuencias para los profesionales que acuden a las mismas para facturar sus servicios a terceros.

Algunas de estas plataformas podrían estar también suplantando la figura de las Empresas de  Trabajo  Temporal,  únicas  autorizadas  en  nuestro  país  para  poner  trabajadores  a disposición de las empresas con carácter temporal, y  sometidas un estricto régimen de control e inspección, garantizando condiciones de trabajo dignas y seguras.

Desde ASEMPLEO entendemos que la mala praxis en la utilización de esta figura legal produce, entre otros, los siguientes efectos:

  • Desnaturaliza la figura de la Cooperativa de Trabajo Asociado y la finalidad para la que fue creada esta modalidad.
  • Devalúa la protección social (baja por accidente o enfermedad, pensiones, desempleo) que está prevista para los trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena en los regímenes de cotización a la Seguridad Social.
  • Precariza extraordinariamente las condiciones laborales en los términos previstos por la Organización Internacional del Trabajo para definir el trabajo decente: salario digno, protección de la seguridad y salud en el trabajo, descansos, jornada, etc.
  • Permite degradar la prestación de servicios, con una apariencia de legalidad de trabajo por cuenta ajena y bajo el Régimen General de la Seguridad Social, sin ninguna referencia a convenios laborales sectoriales ni siquiera al salario mínimo interprofesional ni otras condiciones básicas de desempeño profesional.
  • Puede estar desarrollando una competencia desleal respecto a empresas o trabajadores autónomos que afrontan su actividad con estructura estable, retribuciones reguladas, prevención de riesgos laborales, seguros, cotizaciones, etc.
  • No realiza ninguna aportación de calidad orientada a la empleabilidad (aprendizaje, formación, orientación, etc.), lo que supone un hándicap para los trabajadores, a la hora de conseguir una estabilidad dentro del mercado laboral.

En este sentido hemos planteado en los órganos de gobierno y técnicos de CEOE la conveniencia de abordar el estudio de estas prácticas y trasladar a la Autoridad Laboral y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la necesidad de clarificar y poner coto a las mismas. Los medios de comunicación sois una figura fundamental para conseguir que esta denuncia no quede en cajón cerrado y por eso hacemos público este comunicado.

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